Si te retiran el permiso de conducir te indemnizaremos con la cantidad que hayamos pactado, por lo menos podrás contratar a alguien para que conduzca y puedas continuar con tus desplazamientos.
RETIRADA TEMPORAL DEL PERMISO DE CONDUCIR
SE CUBRE:
Por esta cobertura el Asegurador toma a su cargo el pago de un subsidio mensual, de la cuantía y límites que se expresan en las Condiciones Particulares, en el caso de retirada temporal del permiso de conducir, decretada por sentencia judicial firme recaída con motivo de un hecho de la circulación, originado exclusivamente por imprudencia, culpa o negligencia del Asegurado.
Se consideran Asegurados a los efectos de esta cobertura:
NO SE CUBRE:
El número de mensualidades durante las cuales se percibirá la indemnización coincidirá con la duración del periodo de retirada del permiso de conducir, señalado en la sentencia firme, y como máximo no podrá exceder del tiempo pactado en las Condiciones Particulares.
INDEMNIZACIÓN:
– Para hacer efectivas las indemnizaciones contratadas, el Asegurado o persona que legalmente le represente, deberá presentar al Asegurador copia autorizada de la sentencia firme y acreditar documentalmente la efectiva retirada del permiso de conducir.
SUSC-AUTOS C003 1202 (v5.1701) 53
SeguroAutos
CONCURRENCIA DE SEGUROS:
En el supuesto de concurrencia de dos o más seguros, la presente Póliza contribuirá en la proporción que resulte correspondiente de la distribución verificada entre todas ellas hasta el límite más elevado amparado en cualquiera de las mismas, sin que esa contribución pueda exceder de los límites establecidos en esta Póliza.